Abr 01 2008
LOS MIGRANTES TAMBIEN PODEMOS CONVOCAR A UNA CONSULTA POPULAR
Abril 1, 2008 | Por: Mercedes Panta |
Durante la reunión de la mesa, debatimos varios puntos sobre la Organización del Poder, dentro de los cuales estamos tratando Revocatoria de Mandato, Consultas Populares e Iniciativa Legislativa popular. Los artículos de la Constitución actual en sus artículos: 103 al 112, 146, 281 tratan estos temas.Existieron varios acuerdos sobre las Consultas Populares y de quienes pueden convocarlas, a mi parecer los que pueden convocar a Consultas Populares deben ser, el Presidente de la República, Gobiernos Locales e indudablemente por iniciativa ciudadana.
En relación a que temas y materia de lo que se debe efectuar en las Consultas Populares, creo que no debe existir restricción alguna. Al soberano se lo debe consultar en cualquier tema; en el artículo 108 de la actual Constitución menciona que “En ningún caso las consultas convocadas por iniciativa popular se efectuarán sobre asuntos tributarios” creo que esto no debe ir.
Los requisitos que se deben cumplir en la presentación de firmas debe ser menor al del actual Constitución, pues nosotros necesitamos ser mas incluyente y participativos de los acontecimientos y de las decisiones que nuestro país debe tomar. Por ser una persona migrante, que busco la ampliación de la participación de los migrantes en el exterior, efectué la propuesta de que: En el exterior se puedan efectuar consultas popular presentando el 8% del registro del padrón electoral del exterior sobre temas migratorios, debo aclarar que los ecuatorianos y ecuatorianas podemos votar en todos los procesos electorales; estoy proponiendo que los migrantes en el exterior si queremos realizar una Consulta Popular podamos recoger las firmas necesarias para poder efectuarlo, El padrón electoral de los migrantes en el exterior son de aproximadamente 150.000 registros de ellos el 8% sería 12.000, cantidad que se debería reunir para convocar a un proceso de Consulta Popular de carácter local.
Creo que la aprobación debe ser por mayoría absoluta en temas principalmente constitucionales y para temas de carácter local, se podría aprobar por un sistema de mayoría simple.
Seguimos trabando para una mayor inclusión.
(PROPUESTA DE LA ASAMBLEISTA PANTA MERCEDES)
PIENSAS QUE ES LA PORCENTAJE JUSTA O NO ?
Mi residencia es en la ciudad de Alessandria ,de la regiòn de piemonte al norte de italia, e vivido 4 anos como clandestido y dos anos como migrante regular,cuando hubo las elecciones de gobierno de mi paìs ,donde participo èl economista rafael correa como candidato a la presidencia ,me acerque al consulado,para sufragar ,en la ciudad de milano.Quiero dar mi mensaje comò , y en què, condicion el pueblo de inmigrantes fuimos tratados a sufragar y en que situaciòn pauperrima de de tratos sin importales nada a nadie del consulado ,y lo ùnico que le interezaba el organismo consular es cumplir su trabajo como representante del gobierno .
La otra cosa que me preocupa como ecuatoriano que soy ,es que hay POCA IMPORTANCIA O MEJOR DICHO CASI NADA , EN INFORMAR COMO SE DEBE SUFRAGAR Y DONDE DEBE HACERLO A MIS HERMANOS Y JOVENES ECUATORIANOS INMIGRANTES en italia en especial en la ciudad que yo habito ALESSANDRIA.
En estos momento que se acerca la consulta del SI y el NO ,faltando 2 meses ,no se escucha nada por informacion NI por lo menos ,en la sede la primera tienda politica del partido nuevo paìs en la ciudad que uste senora Mercedes Panta inaguro y con orgullo esta publicada en su correo electrònico todos los acontecimiento que sucede en mi paìs Ecuador en la asamblea y cuales son los Proyectos de Mandato Constituyente por los asambleista .REPRESENTANTE DE EUROPA.