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    Porqué decir SI a la nueva Constitución?

    En la recta final de este proceso constituyente quiero compartir en breve, algunos de los aspectos mas relevantes que estarán contenidos en la nueva carta politica.

    Ante todo reivindicar que cuando hablamos de las personas que se mueven de un lugar a otro, ya sea dentro o fuera de su pais, nos referimos a la MOVILIDAD HUMANA, la cual incluye a todos los grupos en movimiento, es decir, emigrantes, inmigrantes, refugiados, desplazados, migrantes internos, ya que nuestro país es un emisor y receptor de personas.

    A continuación unas pinceladas de lo mas significativo…….

    1.- Ningún ser humano es ilegal! (1)

    Significa que todo ser humano tiene una identidad, una cultura, un nombre, el hecho de no contar con papeles que acrediten su permanencia en un determinado pais que no sea el suyo, no significa que estés cometiendo un delito, simplemente estas indocumentado.

    2.- Principio de ciudadanía universal

    Se refiere a que un Ser Humano es mas que una nacionalidad, por lo que debe ser reconocido como un ciudadano, ya sea donde ha nacido, y donde ha decidido vivir.

    3.- Migrar es un derecho!

    Todo Ser Humano tiene derecho a movilizarse, dentro o fuera del país, y en las mejores condiciones, sin ser tratado como un delincuente.

    4.- Derechos civiles, políticos, sociales, culturales para emigrantes y a sus familias (nuestros ecuatorianos en el exterior)

    L@s ecuatorianos en el exterior tendrán los mismos derechos que todos los ecuatorianos que residen en el país, de acuerdo a las circunstancias particulares.

    5.- Derechos para inmigrantes y a sus familias (extranjeros en el Ecuador)

    Se reconocen derechos al voto, a ocupar cargos públicos y otros de acuerdo a la constitución y la ley.

    6.- Derechos para refugiados, asilados y sus familias

    Toda persona tendra derecho a solicitar refugio y asilo, bajo condiciones de respeto y no discriminación. Ninguna persona extranjera podrá ser devuelta ni expulsada a un país si corre peligro su vida.

    7.- Participación de los extranjeros en los distintos niveles de gobierno

    Los extranjeros que vivan en nuestro país legalmente por 5 años, y no tengan impedimentos legales, tendrán derecho al voto, y a ocupar cargos públicos conforme a la ley.

    8.- Participación y representación de los ecuatorianos en el exterior en la función legislativa

    L@s ecuatorianos que viven en el exterior podrán ser candidatos a la Asamblea Nacional, como legisladores, las distintas circunscripciones especiales tendrán dos representantes.

    9.- Acceso a la Seguridad Social voluntaria

    El Estado posibilita que l@s ecuatorian@s en el exterior, voluntariamente puedan afiliarse al IESS, y cuenten con las prestaciones de los servicios que brinda el aseguramiento. Lo cual constituye un significativo logro, por el cual han venido luchando por años los migrantes y hoy se concreta en esta nueva Constitución.

    10.- Movilidad Humana

    Este capítulo, sustenta los requerimientos actuales de los derechos de todos quienes se encuentran en situación de movimiento, emigrantes, inmigrantes, refugio y asilo y desplazamiento. Por años, estos sujetos se encontraban sin protección legal en los términos que exigen las normas internacionales.

    11.-Derechos laborales

    El Estado velará por el respeto de los derechos laborales de los trabajadores ecuatorianos en el extranjero, promoverá convenios y acuerdos con otros países para la regularización de los trabajadores ecuatorianos. En nuestro país los trabajadores extranjeros gozarán de los mismos derechos y garantías.

    12.- Ahorro e inversión

    El Estado promoverá y protegerá el ahorro interno como fuente de inversión y en el país. Asimismo, generará incentivos al retorno del ahorro y de los bienes de los migrantes, y para que el ahorro de las personas y de las diferentes unidades económicas se orienten hacia la inversión productiva de calidad.

    Hay, entonces razones suficientes, para que todos y todas, incluyendo las que nos encontramos en el exterior respaldemos a la nueva Constitución, diciendo SI al cambio, SI a un nuevo roden social.

    Respeto a la diversidad y libre circulación

    El Pleno de la Asamblea Constituyente analiza hoy, en primer debate, el Articulado Constitucional de las Relaciones Internacionales, el cual tiene algunos aportes significativos que son de interés para la comunidad ecuatoriana migrante y sus familias. Concretamente, el principio de Respeto a la diversidad y a la libre circulación de las personas, generó algunos artículos que se expresan en este articulado:

    DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES….

    De los Principios de las Relaciones Internacionales

    Art… En sus relaciones con la Comunidad Internacional, la República del Ecuador:

    6.- Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento constitutivo de las negociaciones para la transformación de las relaciones desiguales entre Norte y Sur;

    7.- Propicia la suscripción de tratados internacionales que garanticen la dignidad de los migrantes y el ejercicio integral de sus Derechos;

    El articulado propuesto, surgió como resultado de un amplio análisis y debate en la mesa, en la cual se desarrollaron importantes análisis y razonamientos:

    Los artículos 6, y 7 postulan una de las problemáticas fundamentales del mundo de hoy, se refiere a las grandes olas migratorias que la mundialización económica ha traído consigo.

    Reconoce los derechos de los distintos pueblos que coexisten dentro de los Estados, a promover mecanismos que expresen, preserven y protejan el carácter diversos de sus sociedades.

    Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta, el el progresivo fin de la condición de extranjero como elementos constitutivos para la transformación de las relaciones desiguales entre Norte - Sur;

    Propicia la suscripción de tratados internacionales que garanticen la dignidad de los migrantes y el ejercicio integral de sus Derechos;

    En los artículos 6 y 7 tratamos el problema de las migraciones que nos toca tan de cerca. Postulamos los principios de los propios migrantes han promovido: el derecho a la ciudadanía universal, a la libre circulación de las personas, y al gozo de sus derechos civiles y políticos.

    Respeto a la diversidad y libre circulación

    El Pleno de la Asamblea Constituyente analiza hoy, en primer debate, el Articulado Constitucional de las Relaciones Internacionales, el cual tiene algunos aportes significativos que son de interés para la comunidad ecuatoriana migrante y sus familias. Concretamente, el principio de Respeto a la diversidad y a la libre circulación de las personas, generó algunos artículos que se expresan en este articulado:

    DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES….

    De los Principios de las Relaciones Internacionales

    Art… En sus relaciones con la Comunidad Internacional, la República del Ecuador:

    6.- Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento constitutivo de las negociaciones para la transformación de las relaciones desiguales entre Norte y Sur;

    7.- Propicia la suscripción de tratados internacionales que garanticen la dignidad de los migrantes y el ejercicio integral de sus Derechos;

    El articulado propuesto, surgió como resultado de un amplio análisis y debate en la mesa, en la cual se desarrollaron importantes análisis y razonamientos:

    Los artículos 6, y 7 postulan una de las problemáticas fundamentales del mundo de hoy, se refiere a las grandes olas migratorias que la mundialización económica ha traído consigo.

    Reconoce los derechos de los distintos pueblos que coexisten dentro de los Estados, a promover mecanismos que expresen, preserven y protejan el carácter diversos de sus sociedades.

    Propugna el principio de ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta, el el progresivo fin de la condición de extranjero como elementos constitutivos para la transformación de las relaciones desiguales entre Norte - Sur;

    Propicia la suscripción de tratados internacionales que garanticen la dignidad de los migrantes y el ejercicio integral de sus Derechos;

    En los artículos 6 y 7 tratamos el problema de las migraciones que nos toca tan de cerca. Postulamos los principios de los propios migrantes han promovido: el derecho a la ciudadanía universal, a la libre circulación de las personas, y al gozo de sus derechos civiles y políticos.

    Principios Fundamentales para los Ciudadanos del Mundo…

    Ser ciudadano no debería entenderse como un privilegio que genera diferencias entre los habitantes de un mismo país; por el contrario, ser ciudadano es un derecho de cualquier persona que viva y conviva en un territorio de manera permanente, independientemente de su nacionalidad o su origen.

    Los ecuatorianos y ecuatorianas en el exterior obtenemos permisos de residencia, en algunos países, más no gozamos del derecho a ser sujetos participativos. Ademas, existe un número indeterminado de seres humanos que no tienen protección como residentes, mucho menos como ciudadanos. Todo esto, a pesar de encontrarse inmersos y aportar en las comunidades de acogida.

    Para encontrar propuestas conjuntas de ciudadanía universal, en primera instancia, resaltamos la necesidad urgente de que se reconozcan los derechos participativos de los colectivos migrantes. Por lo tanto, apelamos a una ciudadanía abierta vinculada a la libertad de movimiento y de circulación, porque todo ser humano goza del derecho de salir o quedarse en donde mejor se encuentre.

    Este derecho podría reformularse como un derecho positivo, como el derecho a la no discriminación de los miembros de la sociedad que residen en ella de manera permanente, no sólo con respecto a sus derechos humanos universales, sino también con respecto a derechos de ciudadanía más específicos en la sociedad en la que residen.

    La ciudadanía debe pensarse como una herramienta que permita la igualdad de estatus, derechos y deberes de las personas que conviven en un mismo sitio, es decir, que quien habite en un país, municipio, comunidad.

    En virtud de lo expuesto, proponemos que dentro de los Principios de los Derechos Fundamentales de la nueva Constitución, se incluya el Principio de la Ciudadanía Universal:

    • El principio de Ciudadanía Universal, reconoce al Ser Humano en su dignidad plena como titular de derechos y deberes, mas allá de su nacionalidad y del país en el que resida. (Emigrantes, Inmigrantes, Migrantes Internos y Refugiados)
    • Se sugiere incluir dentro del mismo principio la categoría de Movilidad Humana entendida como el movimiento de seres humanos dentro o fuera del territorio nacional, cualquiera que sea la causa que lo motive.

      Esta semana el pleno de la Asamblea Constituyente debatió los artículos aprobados por la Mesa 1, en relación con los Principios de los Derechos Fundamentales. Al respecto, las Asambleístas Gabriela Quezada y Linda Machuca, propusimos se incorpore este principio, el cual ha sido ampliamente discutido en la Mesa de Soberanía y ha despertado un interesante debate.

    Principios Fundamentales para los Ciudadanos del Mundo…

    Ser ciudadano no debería entenderse como un privilegio que genera diferencias entre los habitantes de un mismo país; por el contrario, ser ciudadano es un derecho de cualquier persona que viva y conviva en un territorio de manera permanente, independientemente de su nacionalidad o su origen.

    Los ecuatorianos y ecuatorianas en el exterior obtenemos permisos de residencia, en algunos países, más no gozamos del derecho a ser sujetos participativos. Ademas, existe un número indeterminado de seres humanos que no tienen protección como residentes, mucho menos como ciudadanos. Todo esto, a pesar de encontrarse inmersos y aportar en las comunidades de acogida.

    Para encontrar propuestas conjuntas de ciudadanía universal, en primera instancia, resaltamos la necesidad urgente de que se reconozcan los derechos participativos de los colectivos migrantes. Por lo tanto, apelamos a una ciudadanía abierta vinculada a la libertad de movimiento y de circulación, porque todo ser humano goza del derecho de salir o quedarse en donde mejor se encuentre.

    Este derecho podría reformularse como un derecho positivo, como el derecho a la no discriminación de los miembros de la sociedad que residen en ella de manera permanente, no sólo con respecto a sus derechos humanos universales, sino también con respecto a derechos de ciudadanía más específicos en la sociedad en la que residen.

    La ciudadanía debe pensarse como una herramienta que permita la igualdad de estatus, derechos y deberes de las personas que conviven en un mismo sitio, es decir, que quien habite en un país, municipio, comunidad.

    En virtud de lo expuesto, proponemos que dentro de los Principios de los Derechos Fundamentales de la nueva Constitución, se incluya el Principio de la Ciudadanía Universal:

    *El principio de Ciudadanía Universal, reconoce al Ser Humano en su dignidad plena como titular de derechos y deberes, mas allá de su nacionalidad y del país en el que resida. (Emigrantes, Inmigrantes, Migrantes Internos y Refugiados)
    *Se sugiere incluir dentro del mismo principio la categoría de Movilidad Humana entendida como el movimiento de seres humanos dentro o fuera del territorio nacional, cualquiera que sea la causa que lo motive.

    Esta semana el pleno de la Asamblea Constituyente debatió los artículos aprobados por la Mesa 1, en relación con los Principios de los Derechos Fundamentales. Al respecto, las Asambleístas Gabriela Quezada y Linda Machuca, propusimos se incorpore este principio, el cual ha sido ampliamente discutido en la Mesa de Soberanía y ha despertado un interesante debate.

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